
Compró un terreno con un error de $4 millones y la Justicia la obliga a devolver el dinero
Un error millonario con final (poco) feliz: se equivocaron y le pagaron de más, ella compró un terreno y ahora debe devolver hasta el último peso.
Neuquén. Una empleada del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) de Neuquén fue condenada en el fuero civil a restituir la suma de cuatro millones de pesos que el organismo le había transferido por error a su cuenta bancaria. La trabajadora, que utilizó el dinero para comprar un terreno, deberá devolver la totalidad del monto, tras ser hallada responsable de un caso de enriquecimiento sin causa.
El juez Martín Peliquero dictaminó que la transferencia fue producto de una equivocación administrativa, debido a la similitud de nombres con otra beneficiaria, y que la empleada incorporó el dinero a su patrimonio sin que existiera una justificación legal para ello.
Según el expediente, tras descubrir el error, el IPVU intentó contactar a la trabajadora. Inicialmente, ella manifestó desconocer el tema, pero en un segundo contacto reconoció que el dinero había sido utilizado para la compra de un terreno y se negó a reintegrarlo. Los registros bancarios, posteriormente, confirmaron extracciones y movimientos en la cuenta realizados después de que la empleada fuera notificada sobre la transferencia errónea.
Si bien la situación también fue analizada en el fuero penal, donde la causa por posible apropiación de dinero ajeno concluyó con un sobreseimiento luego de que la acusada pagara una multa mínima, el juez Peliquero analizó los hechos en el proceso civil.
Durante el juicio, la mujer argumentó que no tuvo intención de quedarse con los fondos y que su posterior exoneración del cargo y su situación económica le impidieron devolver el monto inmediatamente. No obstante, expresó su disposición a reintegrar el dinero y solicitó una reducción de intereses y la consideración de retenciones previas sobre su salario.
La resolución del magistrado encuadró el caso en la figura de enriquecimiento sin causa, basándose en los artículos 1794 y 1795 del Código Civil y Comercial de la Nación. Esta normativa establece que nadie puede beneficiarse económicamente a expensas de otro sin una causa legal válida. Por lo tanto, la Justicia determinó que el organismo público sufrió una pérdida involuntaria y que la empleada no tenía derecho a conservar el beneficio, obligándola a restituir los cuatro millones de pesos.